Hasta el 3 de febrero se receptará las inscripciones para participar en la veeduría para la selección de Registrador/a Mercantil Cuenca

BOLETÍN OFICIAL 0045

21 de enero de 2021

Quito, Ecuador- En cumplimiento a lo establecido en el Reglamento General de Veedurías Ciudadanas, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, invita a la ciudadanía (individual o colectiva) a participar en la convocatoria de veeduría ciudadana para vigilar el proceso del concurso de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para la selección y designación de registro mercantil del cantón Cuenca.

Para el efecto, los interesados en participar en este proceso democrático deberán llenar el formulario de inscripción, accediendo al siguiente enlace http://www.cpccs.gob.ec/wp-content/uploads/2020/11/formulario_para_conformacion_de_veedurias_ciudadanas.pdf; adjuntando la fotocopia de cédula de ciudadanía y el certificado de votación.

Por la emergencia  sanitaria  que  atraviesa  el Ecuador,  las  inscripciones,  además de ser  recibidas  en  la  Oficina  de  la  Delegación  Provincial  del  Azuay (calle  Miguel Cordero  Dávila  1-225,  entre Cornelio  Merchán  y  Francisco  Moscoso – Cuenca), también  se pueden enviar a  los correos   electrónicos jflores@cpccs.gob.ec y jparedes@hotmail.com,  hasta las 17:00, del  miércoles  03  de  febrero  de 2021.

Una vez concluido el plazo establecido y se realice la verificación de la información receptada, la Subcoordinación Nacional de Control Social tomará contacto con los postulantes.

Las veedurías ciudadanas constituyen mecanismos de control social que permiten a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos de participación para realizar el seguimiento, vigilancia y fiscalización de la gestión pública, con el fin de conocer, informarse, monitorear, opinar, presentar observaciones, exigir rendición de cuentas y contribuir al mejoramiento de la administración de lo público.

Estas son independientes del CPCCS, de la entidad observada o de la cualquier otra institución de  la  administración  pública;  por  tanto,  no existe  relación  de dependencia laboral  entre  el  Consejo  de  Participación  Ciudadana  y  Control  Social u  otra  dependencia  del Estado y los miembros de las veedurías ciudadanas.

Para más información descargue el Reglamento General de Veedurías Ciudadanas –http://www.cpccs.gob.ec/wp-content/uploads/2020/02/reglamento-general-de-veedurias-ciudadanas.pdf.

De acuerdo con la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos (Sinardap), los registros mercantiles serán organizados y administrados por la Función Ejecutiva, a través de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), que dictará las normas técnicas y ejercerá las demás atribuciones que determina esta ley para la conformación e integración al sistema (art.20)

Por lo que para ser designados como Registradora o Registrador Mercantil se lo hará mediante concurso público de oposición y méritos y su nombramiento será por un período fijo de cuatro años y podrá ser reelegida o reelegido por una sola vez./DCS