La ley en Uruguay distingue dos tipos de firma electrónica
Quito, Ecuador- Dentro de la tipología de la firma electrónica, la ley en Uruguay distingue dos categorías de firmas. Así lo aseguró Javier Wortman, escribano público de ese país, quien participó en el conversatorio webinar organizado por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), denominado: “Valor Jurídico de la Firma Electrónica y aplicación en el Sistema Registral en línea en Ecuador”.
“Nuestra ley distingue la firma electrónica común, como un pin, un correo, una contraseña, la huella digital biométrica, firmas comunes, un pin de un cajero automático; y, la firma electrónica avanzada, que aplica criptografía simétrica con una serie de marcos, con una robustez mucho mayor, con estándares de seguridad (…)”, detalló.
El funcionario precisó que, al 03 de marzo del 2020, Uruguay tiene el 88% de los trámites de la administración central en línea. «Es decir, que al ciudadano le falta solamente un 12% para la utilización de una firma, que normalmente es electrónica común (…), de la utilización, en forma muy amigable, de un documento electrónico y para otros estándares de seguridad de la firma electrónica avanzada”, puntualizó.
Indicó además que, en este país, existe un elevado apego a las tecnologías, enmarcado por un plan que otorga a los niños, desde la edad escolar, su propia notebook, o computadora de forma totalmente gratuita, “lo que les da un estándar bastante elevado a ciertos sectores de la ciudadanía”.
En este conversatorio, participó también, como moderadora, la directora nacional de la Dinardap, Mgs. Lorena Naranjo Godoy.
