Trámites de los Registros de la Propiedad y Mixtos podrán hacerse en línea
Quito, Ecuador.- La Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap) emitió la Resolución de “La norma que regula el procedimiento de inscripciones y certificaciones de actos y contratos en línea de los Registros de la Propiedad y Registros de la Propiedad con funciones y facultades de Registro Mercantil a nivel nacional” (Mixtos), cuyo objetivo es regular el procedimiento de inscripción y certificación en línea de instrumentos públicos, títulos y demás documentos realizados por estas instituciones.
De acuerdo con el director de Normativa de la Dinardap, Matthew Armijos, los trámites que han sido priorizados son aquellos que tienen estricta relación con las resoluciones 035-2020 y 040-2020 del Consejo de la Judicatura, que habilita los trámites en las notarías públicas a escala nacional.
Basado en el análisis de las resoluciones los trámites como: Posesión Efectiva, Testamentos, Compraventa de bienes inmuebles, Donaciones, Hipoteca; y, Fideicomisos y negocios fiduciarios, siempre que involucren bienes inmuebles, serán habilitados en la subidos en la plataforma www.gob.ec.
En este sentido, la Resolución 009 establece que serán los propios Registros de la Propiedad y Mixtos los responsables de realizar las gestiones pertinentes ante el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (MIntel), tanto para la creación del registro en la plataforma, así como la posterior publicación de los trámites y diseño de los formularios e información de los campos específicos requeridos.
“El rol de los Registros de la Propiedad y de los Registros de la Propiedad con funciones y facultades de Registro Mercantil (Mixtos) es fundamental debido a que, a través del uso de las plataformas tecnológicas de gestión de servicios registrales, se debe realizar todo el proceso normal de los trámites de inscripción y certificación”, señaló el Director de Normativa.
Adicionalmente indicó que, a través del uso de la firma electrónica deben emitir todos aquellos documentos que tengan directa relación con el ciudadano; es decir, razones de inscripción, notas devolutivas, certificaciones y negativas de inscripción. “Los Registradores son el eje fundamental de la transformación digital que están viviendo hoy el servicio registral a escala nacional y muchos otros sectores”, puntualizó.
Por otro lado, los usuarios que soliciten la inscripción de actos o contratos en línea deberán hacer uso de firma electrónica para suscribir el formulario que contiene la declaración responsable.
Con la aplicación de esta resolución se dará cumplimiento a lo que señala Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, que establece que aquellos “Registros de la Propiedad y Registros de la Propiedad con Funciones y Facultades de Registros Mercantiles que en la actualidad cuenten con Sistemas de Gestión Registral, deberán integrarse inmediatamente al uso de la plataforma “GOB.EC” (…)”. Sin embargo, aquellos Registros que no dispongan de un sistema de gestión registral inmobiliaria, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos facilitará el acceso a la herramienta tecnológica Sistema Nacional de Registro de la Propiedad (SNRP). /DCS
